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Factores económicos, laborales y familiares pueden colocarte en aprietos financieros que no te permiten cubrir tus obligaciones y/o deudas, dado que debes priorizar gastos básicos como la alimentación, vivienda estudios, etc.
Si has llegado al punto de tener tus deudas en mora con dos o más acreedores por un tiempo mayor a 90 días, puedes iniciar el proceso de negociación de deudas o Insolvencia Económica, para lo cual te recomendamos asesorarte con un abogado experto en procesos de insolvencia para que te guie de la mejor manera de llegar a una conciliación con tus acreedores.
Según la ley 1380 de 2010, establece que las personas naturales que no sean comerciantes pueden acogerse al proceso de conciliación de deudas con sus acreedores para el pago de las mismas, si cumplen los requisitos establecidos.
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¿Cuáles son los requisitos para que una persona natural se acoja a la ley de insolvencia?
- Que el valor de la mora de sus obligaciones sea superior a 90 días.
- Tener dos o más obligaciones con incumplimiento en su pago.
- Las deudas deben ser con mínimo dos o más acreedores.
- El saldo total de las deudas en mora debe representar el 50% o más del total del pasivo de la persona.
- Tener domicilio en Colombia.
La ley de insolvencia contempla los principios de:
- Igualdad: Todos los acreedores se tratarán en igualdad de condiciones sin dar prelación legal a algún crédito.
- Universalidad: Todos los bienes del deudor se deben vincular al proceso una vez se de inicio.
- Eficacia: Optimizar al máximo los resultados en beneficio de las partes.
- Colectividad: Todos los acreedores deben ser incluidos en el proceso de negociación.
- Celeridad: Proceder dentro de los términos de tiempo para el proceso de insolvencia.
- Buena Fe: El proceso se contemplará la buena fe de ambas partes.
- Equilibrio: Se protegen los derechos de las partes en igualdad de condiciones.
- Simplicidad: Se debe llevar el proceso de forma, ágil, clara y precisa en cada una de las etapas establecidas.
- Transparencia: Las partes deben suministrar la información necesaria y completa de manera clara y comparable y detallada al conciliador o juez que la requiera.
- Prevalencia: Se deben respetar los derechos constitucionales, fundamentales y sustanciales sobre el derecho procesal.
- Publicidad: Se debe divulgar de manera oportuna al público interesado del proceso de insolvencia en todas sus etapas.
¿Cómo y con quien debo iniciar el proceso?
Es importante consultar y asesorarse de un abogado especialista comercial o abogado en derecho público.
Para iniciar el proceso debes tener en cuenta:
- El deudor puede presentar directamente la solicitud de la negociación de deudas o pude hacerlo por medio de un apoderado (abogado experto)
- Debe presentar la propuesta de manera clara y detallada basada en su estado patrimonial y acorde a su pasado patrimonial y crediticio.
- Relación completa de sus activos que incluya: activos en el exterior si aplica, valores detallados y la información correspondiente a medidas cautelares, gravámenes y afectación que estos tengan, así mismo los activos que en los últimos 6 meses haya transferido o enajenado.
- Lista completa y detallada de todos los acreedores en orden acorde al monto de las deudas y toda la información detallada en cuanto a monto, tasas, intereses etc.
- Certificado de ingresos emitido por el empleador.
- Información de procesos judiciales que se estén adelantando en contra del deudor y la información detallada al respecto.
- Presupuesto de gastos de manutención del deudor y personas a cargo si tiene.
- Informar si tiene sociedad conyugal vigente o fechas de cuando inició y cuando terminó.
Si necesitas que un Abogado especializado en Insolvencia, revise tu caso, puedes dejar tu consulta en el siguiente link. ¡Estamos para apoyarte!
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