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Este proceso nace cuando los socios deciden realizar una reorganización empresarial mediante un acuerdo extrajudicial. Dichas negociaciones deben ser informadas a todos los acreedores para que tengan la posibilidad de participar.
Cuando dentro de las negociaciones no se haya podido llegar a un acuerdo por el condicionamiento del patrimonio del deudor a razón de procesos ejecutivos, ejecución de medidas cautelares o garantías, será necesario acudir al juez del concurso quien revisará el caso y de ser procedente, ordenará la apertura del proceso de validación, y determinará un plazo para que se llegue a un acuerdo.
Una vez se llegue a un acuerdo, este deberá suscribirse por las parte deudora y la mayoría absoluta de los acreedores. Una vez suscrito el acuerdo extrajudicial de reorganización, cualquier acreedor tendrá el derecho de someterlo a validación judicial ante el juez de conocimiento con la ayuda de un abogado comercial o societario, previo el cumplimiento de los requisitos para firmar el acuerdo, como los documentos necesarios para presentarlo ante el juez.
Una vez el juez autorice el acuerdo, este documento será obligatorio para las partes con un carácter eminentemente contractual.
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